En marzo de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado la posible abusividad de dicho índice de referencia cuando a los clientes no se les hubiese informado en la fase precontractual (es decir antes de ir a firmar la escritura) sobre los distintos tipos de índice oficiales a los que podían haber referenciado su préstamo, así como el comportamiento financiero de los mismos, tanto con anterioridad como con posterioridad.
Por tanto, la justicia europea incide en la transparencia de la actuación por parte de las entidades financieras en la contratación con los usuarios, los cuales debieron y deben recibir una información clara y transparente de lo que están contratando, sancionándose con la nulidad de la cláusula, en caso de que la entidad financiera no pruebe que la misma se ha incorporado al contrato de préstamo de manera transparente.
En conclusión, la gran mayoría de los usuarios de la banca desconocían la existencia de este índice y como afectaba el mismo a sus hipotecas, por tanto también usted puede ser uno de las miles de personas afectadas con derecho a reclamar que le dejen de aplicar el IRPH y que le DEVUELVEN TODO LO PAGADO de más.
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